PROPOSICIÓN DE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL EN MALTRATO ANIMAL

APADEVI en su trabajo jurídico diario sufre directamente la carencias de las actuales leyes relacionadas con animales.

Por ello ve cómo se aplica la actual regulación para dejar impunes maltratos a los animales.

A pesar de que algunas cuestiones relativas a animales deban estar en leyes administrativas, tales como las vacunaciones, licencias, etc, sin embargo, LO RELATIVO A SU INTEGRIDAD Y SU VIDA DEBE ESTAR INCLUIDO EN EL CÓDIGO PENAL.

TODO LO QUE REALMENTE IMPORTA A UNA SOCIEDAD ESTÁ INCLUIDO EN EL CÓDIGO PENAL.

Nuestras leyes reflejan el poco interés de España en la protección animal.

En el Código Penal se regulan hechos tan simples tales como llevarse una taza de un bar,

¿Cómo es posible entonces que el hecho de que un animal viva atado toda su vida se contemple como una mera multa administrativa?

Por ello APADEVI ha presentado propuestas de reforma de las leyes penales más importantes relacionadas con animales, incluida la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y la Ley de Detención Europea, además del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Adjunto se encuentra el escrito de Propuesta, elaborado tras muchas horas de trabajo, donde se puede apreciar lo que consideramos como una necesaria adaptación de las leyes a los principales problemas de los animales en España y el gran conocimiento de APADEVI en la materia, así como nuestra gran dedicación y entrega a los indefensos:

3-1-22 proposicion reforma leyes penales blog

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COMENTARIOS DE APADEVI A LA NUEVA LEY DE PROTECCIÓN ANIMAL DE CASTILLA LA MANCHA

El 7 de marzo de 2021 ha entrado en vigor la Ley 7/2020, de 31 de agosto, de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales de Castilla-La Mancha.

Adjuntamos documento de comentarios de APADEVI a esta Ley, para que se conozcan las principales novedades de la misma.

Esta Ley contiene algunos avances, como en el tema de las colonias felinas, pero en otros puntos se ve la influencia del sector de la caza y del deporte a costa de los animales, siendo los puntos más destacados en los que esta Ley sufre un evidente retroceso.

Pero además, las disposiciones referentes a los perros de caza y del tiro al pichón, contravienen lo dispuesto en el Código Penal, por lo que depende de todos nosotros denunciar cuando sepáis que los hechos que mencionamos en el documento adjunto suceden, para que sean los jueces de lo penal los que condenen estas prácticas, conllevando por tanto la nulidad de dichas disposiciones.

Comentarios de APADEVI a la ley animales CLM 7-20 de 31 de agosto

 

CAMPAÑA CARTA A LOS AYUNTAMIENTOS PARA QUE HAGAN EL CER FELINO

El equipo jurídico de APADEVI pone a vuestra disposición un modelo de carta para que podáis dirigirla a los ayuntamientos de toda España donde no hacen el CER.

Podéis descargarla en este enlace para poder ayudar a los gatos de colonias felinas, que son unos de los grandes perjudicados por las Administraciones públicas:

carta tipo alcaldes estatal

 

 

ALEGACIONES A LA REFORMA DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL

La Asociación APADEVI presenta estas alegaciones al anteproyecto de LECrim ya que, no solo impedir la acción de las acusaciones dejará a los animales indefensos, sino que la dirección del fiscal en los procedimientos y que la prueba del atestado y del fiscal sea la única que llega a juicio, dejará totalmente sin sentido a las defensas de los animales y naturaleza.

COPIAD ESTAS ALEGACIONES Y PRESENTADLAS A ESTE CORREO:

proyectolecrim@mjusticia.es

NO LOS DEJÉIS SOLOS

¡¡¡¡ELLOS NO PUEDEN DEFENDERESE, SEAMOS SU VOZ!!!!

27-2-21 ALEGACIONES APADEVI LECRIM blog

CÓMO SOLICITAR MEDIDAS CAUTELARES

APADEVI INFORMA DE CÓMO SOLICITAR MEDIDAS CAUTELARES URGENTES ANTE LOS GRAVÍSIMOS CASOS QUE NOS ESTÁN LLEGANDO Y QUE NECESITAN INTERVENCIÓN URGENTE PARA SALVAR VIDAS:

El equipo jurídico de APADEVI que, como sabéis, ha conseguido algunos de los Autos de medidas cautelares más importantes de este país, como los de alimentar animales durante el confinamiento y el primer Auto de alejamiento de una colonia felina, pone a vuestra disposición esta información para ayudaros a salvar vidas en casos de urgencia.

CUALQUIER PERSONA puede solicitar medidas cautelares, pero eso sí, hacedlo EN EL JUZGADO DE GUARDIA.

Para ello ES NECESARIO PRESENTAR DENUNCIA Y EN ESA DENUNCIA decir que se solicitan medidas cautelares al amparo del art. 339 del Código penal y art. 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Importante ADJUNTAR TODAS LAS PRUEBAS QUE TENGÁIS y que justifiquen la urgencia de la medida que pedís.

ESA DENUNCIA SE PUEDE PRESENTAR SIN ABOGADO NI PROCURADOR.

Posteriormente ya podéis valorar la posibilidad de continuar el procedimiento con abogado y procurador, sobretodo porque el denunciado puede oponerse y recurrir la medida cautelar, pero inicialmente no es necesario, por lo que podéis hacerlo CUALQUIER DÍA DEL AÑO INCLUSO EN FESTIVO, sin abogado y en el juzgado de guardia.

Y en cuanto a entregar el animal a los presuntos autores del maltrato, adjunto enlace que puede seros de utilidad:
http://www.asociacionapadevi.com/blog/hay-que-devolver-el-animal-a-su-presunto-maltratador/

Esperamos que esta información pueda ayudar a salvar vidas

ADMITIDO EL RECURSO DE APADEVI EN EL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONTRA EL SACRIFICIO DE COTORRAS EN MADRID

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 20 de Madrid admite a trámite la demanda de APADEVI contra el sacrificio de las cotorras, lo cual nos ha supuesto un enorme trabajo de varios meses, ya que el Ayuntamiento de Madrid presentó varios recursos contra la admisión de nuestra demanda, intentando que no se tramitara.

Tras ganarles todos los recursos, desde el mes de junio de 2020 en que APADEVI comenzó su lucha contra el acuerdo de sacrificar a las cotorras, se ha suspendido la matanza que tenía fecha de inicio en octubre de 2020 y el día 5 de enero de 2021, tras ganar el último recurso, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 20 de Madrid, admite a trámite la demanda de APADEVI que trata de evitar la matanza de miles de cotorras en Madrid.

Para dicha matanza además se han presupuestado 3 millones de euros de todos los contribuyentes, sin haber contemplado ni valorado el control de dichas aves de forma ética, tal como aconsejan los expertos y científicos.

Este hecho, junto con el cierre de fuentes, dejando sin agua a los animales sin dueño y a las aves, junto a la iluminacion navideña en los árboles de la capital,  y junto a la no atención de las colonias felinas, sitúa al Ayuntamiento de Madrid a la cabeza del maltrato animal, en lugar de dar ejemplo de gestión ética de animales, al ser la capital de un Estado integrado en la Unión Europea, cuyas políticas tienden cada vez más a unas sociedades con respeto a los animales y a la naturaleza.

Adjuntamos Decreto de admisión de nuestra demanda:

admision demanda facebook

APADEVI CONSIGUE CONDENA PARA EL REHALERO DE MIGUELTURRA (CIUDAD REAL)

Este caso es el terrible suceso, en el que un rehalero de Miguelturra dejó morir a 23 de los 31 perros que abandonó en una furgoneta, (publicamos nuestra denuncia en este enlace de 2018: (http://www.asociacionapadevi.com/blog/denuncia-a-dos-hombres-de-miguelturra-por-la-muerte-cruel-de-23-perros-y-maltrato-de-otros-8-y-solicitud-de-cautelares/)

APADEVI como acusación, y tras más de dos años de procedimiento, ha conseguido condenar a este hombre, si bien no hemos podido conseguir toda la pena que solicitábamos, porque además el Fiscal nos «advirtió» que podría aplicar cierto concepto (que no vamos a mencionar) y pedir su absolución, por lo que, a pesar de que la condena conseguida es inferior a dos años y será suspendida, NUESTRA ABOGADA CONSIGUIÓ, TRAS UNA DURA LUCHA, QUE LA SUSPENSIÓN SE CONDICIONARA A REALIZAR TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD EN UNA PROTECTORA DE ANIMALES, Y A HACER UN CURSO DE FORMATIVO DE PROTECCIÓN DE ANIMALES, INCLUIDA LA PROHIBICIÓN DE TENENCIA, CONVIVENCIA Y ACTIVIDADES CON ANIMALES POR EL TIEMPO MÁXIMO QUE PERMITE LA LEY.

Mientras no cambie la ley, consideramos que todas las condenas por maltrato animal que se suspendan, deben ir condicionadas a la realización de estos cursos formativos de animales y los trabajos en protectoras para que el condenado no vuelva a realizar dichos actos.

No obstante, dado el desinterés por la protección animal en España, desde APADEVI estamos impulsando la creación de estos cursos, ya que actualmente no existen, considerándolos imprescidibles para los condenados por estos delitos.

Dado que APADEVI hace seguimiento en ejecución de todos sus procedimientos,  para en caso de incumplimiento, pedir el cumplimiento de prisión, PARA ESTA CONDENA SE SOLICITARÁ DE NUEVO LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTE CURSO, Y NO DAREMOS POR CUMPLIDA LA CONDENA HASTA QUE EL CONDENADO REALICE DICHO CURSO.

sentencia miguelturra ciudad real rehala blog

 

CONSULTA PÚBLICA SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL

Se adjunta Modelo de respuestas a la Consulta Pública sobre el anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Se adjunta en word además de en PDF para que podáis rellenarlo con vuestros datos.

Adjuntamos también la consulta pública. 

Para todas aquellas personas, asociaciones, organizaciones, etc que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario, hasta el día 28 de octubre de 2020, a través del siguiente buzón de correo electrónico: proyectolecrim@mjusticia.es

Con esta reforma se pretende instaurar una Ley totalmente dictatorial, que supone una censura total, así como una violación de los Derechos Fundamentales, sin precedentes en España.

Supone una total agresión a la separación de Poderes y por tanto a la democracia.

Además se trata de limitar hasta casi la desaparición del procedimiento penal a las acusaciones populares y eliminar totalmente las acusaciones de las Administraciones Públicas, partidos políticos y sindicatos.

Es imprescindible que todos los ciudadanos defendamos la democracia, utilizando las vías legales para evitar perder los derechos y libertades que tanto nos costaron conseguir.

27-10-20 Modelo ALEGACIONES LECRIM

27-10-20 Modelo ALEGACIONES LECRIM

Consulta_publica_previa_APL_Enjuiciamiento_Criminal_REV

 

 

ACREDITACIÓN PARA ATENDER ANIMALES DURANTE EL ESTADO DE ALARMA

De nuevo nos encontramos inmersos en un estado de alarma que restringe nuestra movilidad.

A pesar de ser bastante más suave que el del mes de marzo, es posible que se den circunstancias en que alguien tenga que desplazarse para atender animales, fuera del horario permitido en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2

Para su alimentación y atención habitual es recomendable hacerlo dentro del horario previsto, pero las situaciones que podemos encontrar con los animales son numerosas, sobre todo en casos de maltrato y de necesidad de rescate.

Para esos supuestos, adjuntamos modelo de acreditación para las personas que deban atender o rescatar animales fuera de los horarios permitidos, tanto para asociaciones a nivel estatal como a nivel comunitarias.

Modelo acreditacion voluntarios nacional

Modelo acreditacion voluntarios autonomica

 

QUÉ HACER CUANDO HAY ANIMALES ENCERRADOS

QUÉ HACER CUANDO HAY ANIMALES ENCERRADOS EN UN LOCAL O DOMICILIO Y NO PUEDEN SALIR DE NINGUNA FORMA. (APLICABLE A LA SITUACIÓN DE QUE EL ANIMAL ESTÉ ENCERRADO EN UN COCHE Y SU VIDA CORRA PELIGRO).

Esta es otra de las cuestiones por las que habitualmente las personas contactan con la asociación APADEVI.
En primer lugar hay que avisar a la policía y acreditarles que efectivamente hay animales allí encerrados y que no pueden salir de ninguna forma. La policía tiene que hacer lo necesario para liberarlos, e incluso entrar, por el artículo 15 de la Ley de Seguridad Ciudadana, máximo cuando el lugar donde tengan que entrar para salvar a los animales no sea un domicilio privado sino una empresa o local. Si la policía no acude sin razón justificada, podría ser constitutivo de un delito del artículo 408 del Código Penal, puesto que esos animales han sido encerrados en ese lugar por alguien y dejados morir, lo cual sería delito y la policía tiene la obligación de actuar.
Si el encierro de los animales ha sido accidental, la policía debe contactar con el dueño del lugar, el cual debe facilitar que se pueda liberar a los animales. Si no lo hace, ese propietario podría estar cometiendo delito de maltrato animal, ya que al no permitir liberarlos, esos animales podrían morir.
En la misma situación estamos si el animal está en un coche y hay riesgo para su vida.
En caso de que aun explicando esta situación, la policía no acuda, se puede hacer un pequeño agujero en algún lugar o ventana, intentando causar el menor daño posible, solo para que salgan los animales, porque si os denuncian se puede alegar eximente de estado de necesidad.
Para que el juez tenga en cuenta dicha eximente, tiene que considerar que el mail causado no es mayor que el que se trata de evitar. El problema es que hay jueces que valoran más el valor del agujero o ventana que la vida del animal. Pero aún así, aunque no prosperara dicha eximente, hay que valorar si, en el peor de los casos, se prefiere pagar los gastos del agujero o ventana y la multa, o dejar que los animales mueran.
Si la cuantía del daño causado no excede de 400 euros, la multa a imponer por daños será casi siempre de un mes.

Podréis encontrar más información jurídica de interés en nuestro canal de Youtube:

YouTube APADEVI, además de vídeos emotivos de nuestro refugio-santuario de caballos rescatados de maltrato.
Si crees que nuestro trabajo por los animales vale 1 €, puedes hacerte de nuestro teaming: