QUÉ HACER CUANDO HAY ANIMALES ENCERRADOS

QUÉ HACER CUANDO HAY ANIMALES ENCERRADOS EN UN LOCAL O DOMICILIO Y NO PUEDEN SALIR DE NINGUNA FORMA. (APLICABLE A LA SITUACIÓN DE QUE EL ANIMAL ESTÉ ENCERRADO EN UN COCHE Y SU VIDA CORRA PELIGRO).

Esta es otra de las cuestiones por las que habitualmente las personas contactan con la asociación APADEVI.
En primer lugar hay que avisar a la policía y acreditarles que efectivamente hay animales allí encerrados y que no pueden salir de ninguna forma. La policía tiene que hacer lo necesario para liberarlos, e incluso entrar, por el artículo 15 de la Ley de Seguridad Ciudadana, máximo cuando el lugar donde tengan que entrar para salvar a los animales no sea un domicilio privado sino una empresa o local. Si la policía no acude sin razón justificada, podría ser constitutivo de un delito del artículo 408 del Código Penal, puesto que esos animales han sido encerrados en ese lugar por alguien y dejados morir, lo cual sería delito y la policía tiene la obligación de actuar.
Si el encierro de los animales ha sido accidental, la policía debe contactar con el dueño del lugar, el cual debe facilitar que se pueda liberar a los animales. Si no lo hace, ese propietario podría estar cometiendo delito de maltrato animal, ya que al no permitir liberarlos, esos animales podrían morir.
En la misma situación estamos si el animal está en un coche y hay riesgo para su vida.
En caso de que aun explicando esta situación, la policía no acuda, se puede hacer un pequeño agujero en algún lugar o ventana, intentando causar el menor daño posible, solo para que salgan los animales, porque si os denuncian se puede alegar eximente de estado de necesidad.
Para que el juez tenga en cuenta dicha eximente, tiene que considerar que el mail causado no es mayor que el que se trata de evitar. El problema es que hay jueces que valoran más el valor del agujero o ventana que la vida del animal. Pero aún así, aunque no prosperara dicha eximente, hay que valorar si, en el peor de los casos, se prefiere pagar los gastos del agujero o ventana y la multa, o dejar que los animales mueran.
Si la cuantía del daño causado no excede de 400 euros, la multa a imponer por daños será casi siempre de un mes.

Podréis encontrar más información jurídica de interés en nuestro canal de Youtube:

YouTube APADEVI, además de vídeos emotivos de nuestro refugio-santuario de caballos rescatados de maltrato.
Si crees que nuestro trabajo por los animales vale 1 €, puedes hacerte de nuestro teaming:

¿HAY QUE DEVOLVER EL ANIMAL A SU PRESUNTO MALTRATADOR?

INFORMACIÓN IMPORTANTE ANTE LOS ANIMALES ENCONTRADOS CON SIGNOS DE MALTRATO QUE LLEVÁIS AL VETERINARIO.
Nos llegan a menudo casos de particulares y veterinarios que han recogido o encontrado animales maltratados y ante la reclamación de los animales por sus dueños, piensan que se los tienen que devolver.
En otras ocasiones es la policía la que se persona diciéndoles que lo tienen que devolver.
LEGALMENTE PODÉIS NO DEVOLVER AL ANIMAL.

LA POLICÍA NO PUEDE OBLIGARNOS A DEVOLVERLO. LO TIENE QUE DECIR UN JUEZ.

Esto es también totalmente aplicable al veterinario, que puede NO DEVOLVER AL ANIMAL ante evidentes signos de maltrato o abandono, Y QUE LA LEY LE AMPARA PARA NO DEVOLVERLO.
Es más, si el veterinario devuelve al animal y además no denuncia, comete el ilícito del artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, además un posible delito de encubrimiento y de incumplir su código deontológico.
Por tanto advertid al veterinario que si lo devuelve sin avisar a la policía ÉL TAMBIÉN SERÁ DENUNCIADO.
Antes de eso, haceros con fotografías del estado del animal por si en ese caso el veterinario se niega a daros el informe.
El dueño que piense que se le ha privado de su animal indebidamente deberá presentar una denuncia, pero no puede exigir su devolución de otra manera.
Si el animal está en el veterinario, el propietario os podrá denunciar por apropiación indebida y si ha sido sustraído de su casa, os podrá denunciar por hurto o robo según las circunstancias.

Será el juez que conozca del procedimiento el que acordará si hay que devolverlo o no.

Por tanto, ANTES DE QUE EL JUEZ DISPONGA SI HAY QUE DEVOLVERLO O NO, NO TENÉIS QUE DEVOLVERLO.
Pero para el caso de que el propietario os denuncie por esas causas, tenéis que tener un uniforme veterinario (o si no os lo da, valdrían fotos), de que el animal había sufrido un menoscabo grave en su salud. Con este informe podréis justificar ante el juez la NO DEVOLUCIÓN del animal, además de que en ocasiones al decirle al dueño que va a ser denunciado por maltrato animal, le hace desistir de solicitarlo y lo cede. Con independencia de que una vez cedido continuéis con la denuncia por maltrato animal.
Incluso VOSOTROS MISMOS O INCLUSO EL VETERINARIO PODÉIS DETENER AL PRESUNTO MALTRATADOR. Información de esta detención:
ANTE UN CASO FLAGRANTE DE MALTRATO, NO TE CALLES ….ACTÚA … LA LEY TE AMPARA:
Las PERSONAS PARTICULARES PUEDEN DETENER a una persona que ESTÉ COMETIENDO UN DELITO, por tanto cualquiera puede detener a esta persona en base a este artículo:
Artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:
CUALQUIER PERSONA PUEDE DETENER:
1.º AL QUE INTENTARE COMETER UN DELITO, EN EL MOMENTO DE IR A COMETERLO.
2.º AL DELINCUENTE, «IN FRAGANTI».
….
Los puntos 1.º y 2.º son a los que una persona particular puede acogerse para detener a un maltratador. INMEDIATAMENTE DESPUÉS HAY QUE AVISAR A LA POLICÍA

APADEVI GANA LOS RECURSOS CONTRA LAS MULTAS IMPUESTAS A LAS ALIMENTADORAS

EMPIEZAN A LLEGAR LOS PRIMEROS ÉXITOS DE APADEVI EN NUESTRA LUCHA CONTRA LAS MULTAS INJUSTAS EN EL CONFINAMIENTO.

Se archiva la multa de 600 € contra la alimentadora de animales de Córdoba.

La resolución dice textualmente en sus Fundamentos de Derecho:

«SE SOBRESEE EL EXPEDIENTE POR NO EXISTIR CONDUCTA INFRACTORA», tal como argumentábamos en nuestro escrito de alegaciones.

GRACIAS A LA DENUNCIA DE APADEVI, LOS PERROS DEL BALCÓN DE MANZANARES YA NO ESTÁN EN AQUELLAS CONDICIONES

APADEVI denunció que estos perritos estaban viviendo a la intemperie, en el balcón, la cual publicamos el 12 de marzo de 2018 en este enlace:

http://www.asociacionapadevi.com/blog/wp-admin/post.php?post=364&action=edit

Gracias a la denuncia de APADEVI, se han hecho actuaciones policiales y según nos informa el Ayuntamiento, los perros ya no se encuentran en la terraza, sino en la parcela, vacunados, chipados, con abundante agua y comida y en adecuadas condiciones.

No obstante no hay que dejar de estar pendientes por si estas conductas se repiten.

Gracias a la policía local por tan eficientes gestiones y por informarnos del resultado de las mismas.

Adjunto respuesta del Ayuntamiento.

3-10-18 contestacion ayuntamiento manzanares

OBLIGACIONES DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD ANTE EL HALLAZGO DE UN ANIMAL HERIDO O MUERTO

Como podéis comprobar, APADEVI no tiene vacaciones, ya que no podemos y no queremos cerrar los ojos ante los horrores que nos llegan de toda España, también en agosto, por lo que hemos tenido que apresurarnos a elaborar este documento.

Continuamente llegan a APADEVI  llamadas de particulares y protectoras que recaban la actuación de policías ante el hallazgo de animales muertos, casi siempre violentamente, denunciando que ninguna policía acude ni realiza actuación alguna.

Y por tanto, tampoco se realiza por parte de las policías, investigación para averiguar las circunstancias de lo sucedido y el autor de los hechos.

Sin embargo, TODAS LAS POLICÍAS, TIENEN LA OBLIGACIÓN LEGAL DE ACTUAR ANTE UN PRESUNTO DELITO, sea de maltrato animal o sea cualquier otro.

Pero no por ser la víctima un animal, el delito de maltrato es un «delito de segunda».

Mientras el delito de maltrato y abandono esté en el Código Penal, TODAS LAS POLICÍAS tienen la obligación de actuar.

Aquí adjunto escrito con las obligaciones legales de la policía, para que podáis recabar su actuación conforme a la legislación vigente. Podéis descargarlo pinchando aquí: Que hacer ante el hallazgo de un animal muerto o herido.

También es cierto que algunos policías no actúan correctamente por falta de información, por lo que la difusión de las Recomendaciones de Actuación Policial en casos de Maltrato Animal, elaboradas por APADEVI y aprobadas por el Ministerio del Interior en octubre de 2017, es imprescindible.

Podéis encontrar aquí las Recomendaciones: http://www.asociacionapadevi.com/blog/101-2/

La no actuación de la policía podría estar dejando impunes a delincuentes, lo cual no puede seguir ocurriendo, máxime ante la atrocidad y la crueldad con la que se está actuando en España contra los animales.

Recordemos que el delito de maltrato conlleva pena de cárcel y que en cuento sean dos los animales maltratados, supone el ingreso en prisión sin posibilidad de suspensión por superar los dos años.

Y de ser un solo animal, podría también alcanzar los 27 meses de prisión si se aplicara la pena superior en grado.

Luchemos entre todos contra el maltrato de los más débiles.

Podéis colaborar con nuestra labor haciéndoos socios o haciendo donativo en:

www.asociacionapadevi.com

O haciéndoos de nuestro equipo Teaming:  https://www.teaming.net/apadeviasociacion

 

JORNADA DE APADEVI: LA RELACIÓN MALTRATO ANIMAL Y HUMANO Y CÓMO REQUERIR LA ACTUACIÓN DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD ANTE MALTRATO ANIMAL

El pasado día 13 de marzo de 2018, invitados por la Mesa de Defensa y Bienestar Animal del Ayuntamiento de Madrid, distrito Vallecas, APADEVI expuso la realidad de la relación del maltrato humano con el maltrato animal.

También se habló de cómo requerir la actuación de las Fuerzas de Seguridad ante un maltrato animal, lo cual despertó mucho interés entre los asistentes, pues existe gran desconocimiento en este campo.

Participaron María Girona, Presidente de APADEVI y María Sandía, Vicepresidente, ambas abogadas de APADEVI.

La Charla Coloquio está disponible en el siguiente enlace:

APADEVI DENUNCIA PERROS EN BALCONES

APADEVI considera maltrato animal mantener animales en los balcones solos y sin protección de las inclemencias del tiempo.

Por ello ha presentado varias denuncias por casos similares, siendo la última la del perro de Villalba.

Así mismo se han enviado a esa policía local las Recomendaciones de Actuación Policial ya que en palabras del policía que nos atendió el fin de semana: «tener perros en los balcones se ha hecho toda la vida y es algo muy normal».

DENUNCIA PERRO VILLALBA

APADEVI INICIA ACCIONES PENALES CONTRA AENA

APADEVI considera que la prohibición de alimentar animales en el recinto aeroportuario puede suponer la comisión de delitos de coacciones e inducción al delito de maltrato animal.

Por ello se hemos presentado denuncia penal por estos hechos con solicitud de medidas cautelares urgentes de suspensión de la prohibición de alimentar animales.

AENA DENUNCIA PENAL

RECOMENDACIONES DE ACTUACIÓN POLICIAL EN CASOS DE MALTRATO ANIMAL ELABORADAS POR APADEVI Y APROBADAS POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR

El 23 de agosto de 2017 APADEVI envió al Ministerio del Interior las Bases de Actuación Policial en casos de Maltrato Animal para que fuera elaborado un Protocolo de Actuación Policial para estos casos.

Una vez estudiadas las Bases, se nos citó a una reunión en dicho Ministerio, la cual tuvo lugar con los dos Asesores del Ministro.

En dicha reunión, se nos encargó la elaboración de las Recomendaciones de Actuación Policial conforme a las Bases mencionadas y en la que se nos dijo que si dichas Recomendaciones fueran aprobadas, se difundirían a todas las Comisarías y Comandancias a través de las respectivas Direcciones Generales de Policía y guardia Civil.

El 28 de septiembre se enviaron al Ministerio las Recomendaciones de Actuación Policial, tras el estudio de las cuales, el día 14 de noviembre APADEVI recibe una carta del Ilmo. Sr. Director del Gabinete del Ministro en la cual se nos informa que dichas Recomendaciones serían enviadas a las Direcciones Generales de la Policía y de la guardia Civil.

La aprobación de dichas Recomendaciones tiene una enorme importancia, ya que con ellas no solo se unifica la actuación de todas las policías y guardias civiles de España en casos de maltrato animal, sino que se informa a las policías de cuál debe ser su actuación al tiempo que protege sus actuaciones de posibles expedientes sancionadores.

En consonancia con ello, las policías locales también deben adecuar su actuación a dichas Recomendaciones, tal como lo establece la Ley 2/86 de 13 de Marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

En muchas ocasiones la policía no actúa conforme a estas Recomendaciones por falta de información, por lo que hacerlas llegar a todas las Comisarías y Comandancias es fundamental, en caso de que por la vía de sus Direcciones Generales no les hayan sido remitidas.

Por ello, se encuentran a disposición de cualquier persona, asociación, protectora, policía o guardia civil que las desee.

En este post están adjuntas tanto las Recomendaciones como las Bases legales en las que se ampara y para cualquier consulta solo tenéis que contactar con la Asociación APADEVI.

Recomendaciones policia maltrato animal

Carta a María Girona Ayala, Pte de la Asociación APADEVI

Bases protocolo policia maltrato animal Mº interior