COMENTARIOS DE APADEVI A LA NUEVA LEY DE PROTECCIÓN ANIMAL DE CASTILLA LA MANCHA

El 7 de marzo de 2021 ha entrado en vigor la Ley 7/2020, de 31 de agosto, de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales de Castilla-La Mancha.

Adjuntamos documento de comentarios de APADEVI a esta Ley, para que se conozcan las principales novedades de la misma.

Esta Ley contiene algunos avances, como en el tema de las colonias felinas, pero en otros puntos se ve la influencia del sector de la caza y del deporte a costa de los animales, siendo los puntos más destacados en los que esta Ley sufre un evidente retroceso.

Pero además, las disposiciones referentes a los perros de caza y del tiro al pichón, contravienen lo dispuesto en el Código Penal, por lo que depende de todos nosotros denunciar cuando sepáis que los hechos que mencionamos en el documento adjunto suceden, para que sean los jueces de lo penal los que condenen estas prácticas, conllevando por tanto la nulidad de dichas disposiciones.

Comentarios de APADEVI a la ley animales CLM 7-20 de 31 de agosto

 

CAMPAÑA CARTA A LOS AYUNTAMIENTOS PARA QUE HAGAN EL CER FELINO

El equipo jurídico de APADEVI pone a vuestra disposición un modelo de carta para que podáis dirigirla a los ayuntamientos de toda España donde no hacen el CER.

Podéis descargarla en este enlace para poder ayudar a los gatos de colonias felinas, que son unos de los grandes perjudicados por las Administraciones públicas:

carta tipo alcaldes estatal

 

 

ALEGACIONES A LA REFORMA DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL

La Asociación APADEVI presenta estas alegaciones al anteproyecto de LECrim ya que, no solo impedir la acción de las acusaciones dejará a los animales indefensos, sino que la dirección del fiscal en los procedimientos y que la prueba del atestado y del fiscal sea la única que llega a juicio, dejará totalmente sin sentido a las defensas de los animales y naturaleza.

COPIAD ESTAS ALEGACIONES Y PRESENTADLAS A ESTE CORREO:

proyectolecrim@mjusticia.es

NO LOS DEJÉIS SOLOS

¡¡¡¡ELLOS NO PUEDEN DEFENDERESE, SEAMOS SU VOZ!!!!

27-2-21 ALEGACIONES APADEVI LECRIM blog

CONSULTA PÚBLICA SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL

Se adjunta Modelo de respuestas a la Consulta Pública sobre el anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Se adjunta en word además de en PDF para que podáis rellenarlo con vuestros datos.

Adjuntamos también la consulta pública. 

Para todas aquellas personas, asociaciones, organizaciones, etc que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario, hasta el día 28 de octubre de 2020, a través del siguiente buzón de correo electrónico: proyectolecrim@mjusticia.es

Con esta reforma se pretende instaurar una Ley totalmente dictatorial, que supone una censura total, así como una violación de los Derechos Fundamentales, sin precedentes en España.

Supone una total agresión a la separación de Poderes y por tanto a la democracia.

Además se trata de limitar hasta casi la desaparición del procedimiento penal a las acusaciones populares y eliminar totalmente las acusaciones de las Administraciones Públicas, partidos políticos y sindicatos.

Es imprescindible que todos los ciudadanos defendamos la democracia, utilizando las vías legales para evitar perder los derechos y libertades que tanto nos costaron conseguir.

27-10-20 Modelo ALEGACIONES LECRIM

27-10-20 Modelo ALEGACIONES LECRIM

Consulta_publica_previa_APL_Enjuiciamiento_Criminal_REV

 

 

¿HAY QUE DEVOLVER EL ANIMAL A SU PRESUNTO MALTRATADOR?

INFORMACIÓN IMPORTANTE ANTE LOS ANIMALES ENCONTRADOS CON SIGNOS DE MALTRATO QUE LLEVÁIS AL VETERINARIO.
Nos llegan a menudo casos de particulares y veterinarios que han recogido o encontrado animales maltratados y ante la reclamación de los animales por sus dueños, piensan que se los tienen que devolver.
En otras ocasiones es la policía la que se persona diciéndoles que lo tienen que devolver.
LEGALMENTE PODÉIS NO DEVOLVER AL ANIMAL.

LA POLICÍA NO PUEDE OBLIGARNOS A DEVOLVERLO. LO TIENE QUE DECIR UN JUEZ.

Esto es también totalmente aplicable al veterinario, que puede NO DEVOLVER AL ANIMAL ante evidentes signos de maltrato o abandono, Y QUE LA LEY LE AMPARA PARA NO DEVOLVERLO.
Es más, si el veterinario devuelve al animal y además no denuncia, comete el ilícito del artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, además un posible delito de encubrimiento y de incumplir su código deontológico.
Por tanto advertid al veterinario que si lo devuelve sin avisar a la policía ÉL TAMBIÉN SERÁ DENUNCIADO.
Antes de eso, haceros con fotografías del estado del animal por si en ese caso el veterinario se niega a daros el informe.
El dueño que piense que se le ha privado de su animal indebidamente deberá presentar una denuncia, pero no puede exigir su devolución de otra manera.
Si el animal está en el veterinario, el propietario os podrá denunciar por apropiación indebida y si ha sido sustraído de su casa, os podrá denunciar por hurto o robo según las circunstancias.

Será el juez que conozca del procedimiento el que acordará si hay que devolverlo o no.

Por tanto, ANTES DE QUE EL JUEZ DISPONGA SI HAY QUE DEVOLVERLO O NO, NO TENÉIS QUE DEVOLVERLO.
Pero para el caso de que el propietario os denuncie por esas causas, tenéis que tener un uniforme veterinario (o si no os lo da, valdrían fotos), de que el animal había sufrido un menoscabo grave en su salud. Con este informe podréis justificar ante el juez la NO DEVOLUCIÓN del animal, además de que en ocasiones al decirle al dueño que va a ser denunciado por maltrato animal, le hace desistir de solicitarlo y lo cede. Con independencia de que una vez cedido continuéis con la denuncia por maltrato animal.
Incluso VOSOTROS MISMOS O INCLUSO EL VETERINARIO PODÉIS DETENER AL PRESUNTO MALTRATADOR. Información de esta detención:
ANTE UN CASO FLAGRANTE DE MALTRATO, NO TE CALLES ….ACTÚA … LA LEY TE AMPARA:
Las PERSONAS PARTICULARES PUEDEN DETENER a una persona que ESTÉ COMETIENDO UN DELITO, por tanto cualquiera puede detener a esta persona en base a este artículo:
Artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:
CUALQUIER PERSONA PUEDE DETENER:
1.º AL QUE INTENTARE COMETER UN DELITO, EN EL MOMENTO DE IR A COMETERLO.
2.º AL DELINCUENTE, «IN FRAGANTI».
….
Los puntos 1.º y 2.º son a los que una persona particular puede acogerse para detener a un maltratador. INMEDIATAMENTE DESPUÉS HAY QUE AVISAR A LA POLICÍA

APADEVI ESTÁ CREANDO JURISPRUDENCIA EN FAVOR DE LOS ANIMALES EN TODA ESPAÑA. EN ESTE CASO ES LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO LA QUE NOS LA RAZÓN

De nuevo APADEVI está abriendo camino creando Jurisprudencia menor de las Audiencias Provinciales en temas de maltrato animal.

En este caso, un galgo abandonado encontrado en mal estado.

Lamentablemente estos hechos ocurren con demasiada frecuencia en España, pero si no se denuncian seguirán ocurriendo.

El Juzgado lo calificó como delito leve de abandono y señaló fecha para la vista.

La abogada María Girona alegó en la vista que debía suspenderse ya que estaba pendiente de resolución su recurso en el que solicitaba que los hechos se consideraran delito de maltrato y no delito leve (falta) de abandono y todo ello, como suele ser habitual, con la oposición del Fiscal, a pesar de lo cual nuestra abogada consiguió que se suspendiera.

El juzgado desestimó el recurso y trató de archivar el caso alegando que no había autor conocido, pero APADEVI lo elevó en apelación a la Audiencia Provincial, la cual ahora le da la razón y dispone que hay que tramitarlo como delito de maltrato y no delito leve de abandono.

Es lamentable que sea necesario que un abogado especialista esté luchando contra el sistema, ya que debería ser tramitado de oficio con la acusación del fiscal, en lugar de estar en contra, como suele hacerlo y que los jueces archiven la mayoría de casos de maltrato animal.

No obstante el esfuerzo tiene su recompensa y en esta ocasión es la Audiencia Provincial de Toledo la que dicta un Auto que puede utilizarse en otros casos similares.

Son muchas ya las Audiencias Provinciales de toda España en las que APADEVI está creando Jurisprudencia en favor de los derechos de los animales.

Nos gustaría llegar a más Audiencias y a más casos, pero nuestros medios son escasos, pero SOLO CONDENANDO EL MALTRATO SE PODRÁ COMBATIR LA CRUELDAD SOBRE LOS ANIMALES.

GRACIAS A LAS PERSONAS QUE COLABORAN CON APADEVI GRACIAS A LAS CUALES ESTOS ÉXITOS SON POSIBLES.

Con tan solo 1 € puedes ayudar a que podamos seguir luchando por sus derechos y condenando el maltrato.

https://www.teaming.net/group/list?q=Apadevi

O puedes hacer un donativo puntual en:

https://www.paypal.me/apadevi

Y en la cuenta:
ES36 2100 3877 3202 0022 6784

Puedes hacerte colaborador desde 5 € en:

http://www.asociacionapadevi.com

Puedes amadrinar animales del Santuario-refugio APADEVI realizando las aportaciones que desees.

 

 

A raíz de la pandemia APADEVI solicita al Gobierno la nulidad de las leyes de caza y derogación de las normativas de las granjas cinegéticas

A raíz de los estudios científicos y biológicos, que sitúan como posible causa de la pandemia en el consumo de animales y de la crisis económica asociada a dicha situación, así como de la obligación del Gobierno de preservar la salud y la economía de los ciudadanos, la asociación APADEVI (Asociación Para la Defensa de Víctimas de Injusticias) ha presentado escrito al Gobierno solicitando la derogación de la normativa de la caza en España y, consecuentemente, su inclusión en el Código Penal como conducta penada.

Así mismo APADEVI solicita al Gobierno la declaración de nulidad de las normativas de las granjas cinegéticas y la prohibición de caza de dichos animales, por suponer una violación flagrante del Principio de Jerarquía Normativa previsto en el art. 103 de la Constitución ya que contraviene lo dispuesto en la Ley Orgánica del Código Penal, norma de rango superior.

Dicha vulneración del Principio de Jerarquía Normativa es evidente y, por tanto, de no declarar su nulidad de inmediato, esta Asociación llevará al Gobierno ante los Juzgados de este país por esta causa.

17-5-20 ESCRITO SOLICITUD CESE CAZA ESPAÑA facebook

APADEVI GANA LOS RECURSOS CONTRA LAS MULTAS IMPUESTAS A LAS ALIMENTADORAS

EMPIEZAN A LLEGAR LOS PRIMEROS ÉXITOS DE APADEVI EN NUESTRA LUCHA CONTRA LAS MULTAS INJUSTAS EN EL CONFINAMIENTO.

Se archiva la multa de 600 € contra la alimentadora de animales de Córdoba.

La resolución dice textualmente en sus Fundamentos de Derecho:

«SE SOBRESEE EL EXPEDIENTE POR NO EXISTIR CONDUCTA INFRACTORA», tal como argumentábamos en nuestro escrito de alegaciones.

MODELO DE ESCRITO PARA SOLICITAR ACREDITACIÓN DE ALIMENTADOR Y ACUERDOS CON AYUNTAMIENTOS DURANTE EL ESTADO DE ALARMA

La asociación APADEVI aporta el documento-Modelo en PDF para para facilitar su descarga a personas y asociaciones.

Por primera vez el Gobierno obliga a los Ayuntamientos a acreditar a los alimentadores y a llegar a acuerdos con las asociaciones.

Todo aquel Ayuntamiento que se niegue a hacerlo está incurriendo en responsabilidad administrativa e incluso penal por parte de la persona responsable, de delitos de desobediencia y de maltrato y abandono animal.

Presentad este escrito a los Ayuntamientos, y si en un día o dos no tenéis respuesta o ésta es negativa, presentad escrito ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo solicitando medidas cautelares urgentes para que el Ayuntamiento cumpla con lo dispuesto por el Gobierno.

Estos mismos pasos debéis seguir en caso de que los Ayuntamientos no estén alimentando otros animales, como patos, pavos, palomas, etc.

En estos casos solicitad a los Ayuntamientos que alimenten a esos animales y si en un día o dos no tenéis respuesta o ésta es negativa, presentad escrito ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo solicitando medidas cautelares urgentes para que el Ayuntamiento alimente a esos animales. Decidle al Ayuntamiento y en su caso al Juzgado que:

La no alimentación de los animales no solo constituye delitos de abandono y maltrato animal, sino que puede suponer otro gravísimo riesgo para la salud pública si empiezan a morir animales por las calles.

Tenéis el modelo en PDF en este enlace:

MODELO-escrito de Asociaciones para pedir acreditacion, 30-3-20 sin logo

 

 

ABANDONO CONDENADO COMO DELITO CON FINAL FELIZ

SI POR EL ABANDONO EL ANIMAL SUFRE LESIÓN, ES MALTRATO

La abogada María Girona consigue otra condena por maltrato en un caso de abandono.

Como de costumbre no faltaron obstáculos. En un primer lugar no nos permitían personarnos porque alegaba el Juzgado que había pasado el momento procesal de personarnos. La abogada lo recurrió y lo ganó, por lo que pudo personarse.

Posteriormente se tramitó como delito leve de abandono, pero finalmente María  Girona ha conseguido que se condene al responsable como autor de un delito de maltrato animal. 

La condena ya es firme tras haber recurrido el culpable a la Audiencia Provincial y haberlo ganado María de nuevo en esa instancia.

Lamentablemente el Código Penal establece condenas irrisorias para estos delitos y si no concurren agravantes se impone la pena mínima establecida en el art. 337, es decir, 3 meses de prisión.

Por ello la Asociación APADEVI presentó ante todos los Grupos Parlamentarios una Propuesta de Reforma de Leyes Penales relacionadas con animales.

También se le impuso al culpable la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena y la inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales durante un año

La lucha a veces merece la pena a pesar de lo agridulce de la poca condena establecida en nuestra ley penal, pero al menos esta persona tendrá antecedentes penales. 

Desde luego nos opondremos a que la condena sea suspendida y pediremos que cumpla los tres meses de prisión, a pesar de que será muy difícil conseguirlo, dado de nuevo lo establecido en nuestras leyes penales.

Y LO MÁS IMPORTANTE, el final más feliz: EL PERRITO ESTÁ FELIZMENTE ADOPTADO. TODO VALIÓ LA PENA.

Ayúdanos a poder hacer frente a los gastos judiciales. Llevamos cientos de procedimientos y todos sabemos lo costosos que son:

Con tan solo 1 € puedes ayudar a hacer justicia para ellos en:

teaming.net/apadeviasociacion ? lang =es_ES

O puedes hacer un donativo puntual en:

https://www.paypal.me/apadevi
Y en la cuenta:
ES36 2100 3877 3202 0022 6784

Puedes hacerte colaborador desde 5 € en:

http://www.asociacionapadevi.com

Puedes amadrinar animales del Santuario APADEVI realizando las aportaciones que desees.