PROPOSICIÓN DE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL EN MALTRATO ANIMAL

APADEVI en su trabajo jurídico diario sufre directamente la carencias de las actuales leyes relacionadas con animales.

Por ello ve cómo se aplica la actual regulación para dejar impunes maltratos a los animales.

A pesar de que algunas cuestiones relativas a animales deban estar en leyes administrativas, tales como las vacunaciones, licencias, etc, sin embargo, LO RELATIVO A SU INTEGRIDAD Y SU VIDA DEBE ESTAR INCLUIDO EN EL CÓDIGO PENAL.

TODO LO QUE REALMENTE IMPORTA A UNA SOCIEDAD ESTÁ INCLUIDO EN EL CÓDIGO PENAL.

Nuestras leyes reflejan el poco interés de España en la protección animal.

En el Código Penal se regulan hechos tan simples tales como llevarse una taza de un bar,

¿Cómo es posible entonces que el hecho de que un animal viva atado toda su vida se contemple como una mera multa administrativa?

Por ello APADEVI ha presentado propuestas de reforma de las leyes penales más importantes relacionadas con animales, incluida la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y la Ley de Detención Europea, además del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Adjunto se encuentra el escrito de Propuesta, elaborado tras muchas horas de trabajo, donde se puede apreciar lo que consideramos como una necesaria adaptación de las leyes a los principales problemas de los animales en España y el gran conocimiento de APADEVI en la materia, así como nuestra gran dedicación y entrega a los indefensos:

3-1-22 proposicion reforma leyes penales blog

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¿HAY QUE DEVOLVER EL ANIMAL A SU PRESUNTO MALTRATADOR?

INFORMACIÓN IMPORTANTE ANTE LOS ANIMALES ENCONTRADOS CON SIGNOS DE MALTRATO QUE LLEVÁIS AL VETERINARIO.
Nos llegan a menudo casos de particulares y veterinarios que han recogido o encontrado animales maltratados y ante la reclamación de los animales por sus dueños, piensan que se los tienen que devolver.
En otras ocasiones es la policía la que se persona diciéndoles que lo tienen que devolver.
LEGALMENTE PODÉIS NO DEVOLVER AL ANIMAL.

LA POLICÍA NO PUEDE OBLIGARNOS A DEVOLVERLO. LO TIENE QUE DECIR UN JUEZ.

Esto es también totalmente aplicable al veterinario, que puede NO DEVOLVER AL ANIMAL ante evidentes signos de maltrato o abandono, Y QUE LA LEY LE AMPARA PARA NO DEVOLVERLO.
Es más, si el veterinario devuelve al animal y además no denuncia, comete el ilícito del artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, además un posible delito de encubrimiento y de incumplir su código deontológico.
Por tanto advertid al veterinario que si lo devuelve sin avisar a la policía ÉL TAMBIÉN SERÁ DENUNCIADO.
Antes de eso, haceros con fotografías del estado del animal por si en ese caso el veterinario se niega a daros el informe.
El dueño que piense que se le ha privado de su animal indebidamente deberá presentar una denuncia, pero no puede exigir su devolución de otra manera.
Si el animal está en el veterinario, el propietario os podrá denunciar por apropiación indebida y si ha sido sustraído de su casa, os podrá denunciar por hurto o robo según las circunstancias.

Será el juez que conozca del procedimiento el que acordará si hay que devolverlo o no.

Por tanto, ANTES DE QUE EL JUEZ DISPONGA SI HAY QUE DEVOLVERLO O NO, NO TENÉIS QUE DEVOLVERLO.
Pero para el caso de que el propietario os denuncie por esas causas, tenéis que tener un uniforme veterinario (o si no os lo da, valdrían fotos), de que el animal había sufrido un menoscabo grave en su salud. Con este informe podréis justificar ante el juez la NO DEVOLUCIÓN del animal, además de que en ocasiones al decirle al dueño que va a ser denunciado por maltrato animal, le hace desistir de solicitarlo y lo cede. Con independencia de que una vez cedido continuéis con la denuncia por maltrato animal.
Incluso VOSOTROS MISMOS O INCLUSO EL VETERINARIO PODÉIS DETENER AL PRESUNTO MALTRATADOR. Información de esta detención:
ANTE UN CASO FLAGRANTE DE MALTRATO, NO TE CALLES ….ACTÚA … LA LEY TE AMPARA:
Las PERSONAS PARTICULARES PUEDEN DETENER a una persona que ESTÉ COMETIENDO UN DELITO, por tanto cualquiera puede detener a esta persona en base a este artículo:
Artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:
CUALQUIER PERSONA PUEDE DETENER:
1.º AL QUE INTENTARE COMETER UN DELITO, EN EL MOMENTO DE IR A COMETERLO.
2.º AL DELINCUENTE, «IN FRAGANTI».
….
Los puntos 1.º y 2.º son a los que una persona particular puede acogerse para detener a un maltratador. INMEDIATAMENTE DESPUÉS HAY QUE AVISAR A LA POLICÍA

ACCIONES DE APADEVI CONTRA LA RECOGIDA DE GATOS EN SAN SEBASTIÁN DE LOS BALLESTEROS

¡¡CONSEGUIDO!! SUSPENDIDA LA RECOGIDA DE GATOS
Es lamentable que haya que meter a un ayuntamiento en el Juzgado para que cumplan su obligación.
❤ GRACIAS a todos por apoyar nuestro duro esfuerzo. ❤ La lucha sigue en otros muchísimos ayuntamientos.
¡¡YA ESTÁ BIEN DE MALTRATO ANIMAL POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN!!
APADEVI HA PRESENTADO MEDIDAS CAUTELARISIMAS URGENTES ANTE EL JUZGADO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO DE CÓRDOBA Y ESCRITO AL AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS BALLESTEROS POR LA DECISIÓN MUNICIPAL DE ERRADICAR A LOS GATOS ABANDONADOS.
El maltrato animal en España ha llegado a un nivel inimaginable y APADEVI está siempre al pie del cañón, por lo que esta madrugada hemos presentado vía telemática dichos escritos.
Mediante las Medidas Cautelarísimas Urgentes en el Juzgado, solicitamos la suspensión de forma inmediata toda acción encaminada a dicha erradicación.
Además de la ilegalidad de la decisión del Ayuntamiento, amparándonos en las Leyes y Órdenes de Protección Animal de Andalucía y en el Código Penal, esta asociación considera que:
SI EL AYUNTAMIENTO NO ESTABA PROCEDIENDO A CONTROLAR LAS COLONIAS FELINAS, COMO ES SU OBLIGACIÓN, LA PROLIFERACIÓN DE ESOS ANIMALES ES CONSECUENCIA DE DICHO INCUMPLIMIENTO, POR LO QUE EN MODO ALGUNO AHORA PUEDE REMEDIAR SUS INCUMPLIMIENTOS “ERRADICACANDO” A LOS GATOS POR UNA PROLIFERACIÓN QUE ÉL MISMO HA PERMITIDO QUE OCURRIERA.
La propia publicación pone de manifiesto TODOS LOS INCUMPLIMIENTOS DEL AYUNTAMIENTO, LOS CUALES AHORA TRATA DE REMEDIAR ERRADICANDO A ESOS ANIMALES.
Dice la publicación textualmente:
“…Proliferación de gatos en algunas zonas del municipio que presentan aspecto de abandono y carencia de atención sanitaria..»
Es decir, esta situación es posiblemente consecuencia directa del incumplimiento de las obligaciones de Ayuntamiento. El Ayuntamiento incumpliría por tanto TODAS SUS OBLIGACIONES PARA CON LOS ANIMALES SIN DUEÑO. A saber:
1.- Incumpliría su obligación de iniciar las acciones oportunas para averiguar si los gatos que se encuentran en la calle en ese estado han sufrido un delito de abandono, el cual la autoridad tiene la obligación de perseguir, a fin de no incurrir en el delito previsto y penado en el art. 408 del Código Penal.
2.- Incumpliría su obligación de atender a los animales sin dueño de su municipio, por lo que los gatos presentan carencias de atención veterinaria.
3.- Incumpliría su obligación de alimentar a esos animales, por lo que los gatos pueden ser más propensos a enfermedades y a desnutrición, presentando el estado de abandono que reconoce en su publicación.
4.- Incumpliría su obligación de controlar de forma ética a los animales sin dueño de su municipio, que en cuestión de gatos ha de hacerse por el método CES para evitar la proliferación de los mismos, por lo que al no controlarlos, se ha producido dicha proliferación.
Es decir, LA SITUACIÓN DRAMÁTICA EN LA QUE SE ENCUENTRAN LOS GATOS DE DICHO MUNICIPIO, HASTA EL PUNTO QUE LOS VECINOS SE HAN QUEJADO AL AYUNTAMIENTO, SERÍA CAUSA DIRECTA DE LA MALA GESTIÓN DEL MISMO PARA CON LOS ANIMALES ABANDONADOS. MALA GESTIÓN QUE AHORA NO PUEDE REPERCUTIR EN LA ERRADICACIÓN DE DICHOS ANIMALES.
De nuevo APADEVI abre frente en otro Juzgado de España.
Tú puedes ayudar y se parte de esta lucha contra el maltrato animal con tan solo 1 € en:
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OTRO AUTO CONSEGUIDO POR APADEVI, EN EL CASO ROCKY DE SEVILLA, EN ESTE CASO AFECTA A LA PRESCRIPCIÓN DE LOS DELITOS

OTRO AUTO FAVORABLE A APADEVI Y POR TANTO A LOS ANIMALES, EN ESTE CASO SEVILLA

De nuevo APADEVI consigue cambiar el sentido de las resoluciones judiciales y en este caso AFECTA A LA PRESCRIPCIÓN DE LOS DELITOS, lo cual es fundamental en tema de maltrato animal.
¿RECORDÁIS EL CASO ROCKY, el perrito al que presuntamente su dueña dejó abandonado en un piso de Sevilla y sobrevivió 4 meses bebiendo agua del váter?

Los temas saltan a las redes y se habla de ellos solo durante un tiempo, sin embargo LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES DURAN MUCHO MÁS.

INCLUSO CUANDO LA GENTE YA SE HA OLVIDADO DE ESOS CASOS, APADEVI SIGUE BUSCANDO JUSTICIA PARA ELLOS EN LOS TRIBUNALES.

De hecho con este caso de Rocky, llevamos casi 3 años luchando para que se haga justicia, presentando constantemente escritos al Juzgado para intentar condenar a la culpable y eso precisamente es lo que nos ha hecho ganar este Auto, ya que el Juzgado de instrucción declaró que el delito había prescrito, pero como APADEVI no ha cesado de presentar escritos buscando justicia para Rocky, la Audiencia Provincial le da la razón a esta asociación y declara que EL DELITO NO HA PRESCRITO PORQUE LA ABOGADA HA ESTADO CONSTANTEMENTE PRESENTANDO ESCRITOS Y MOVIENDO ACTUACIONES JUDICIALES, incluyendo entre los ACTOS QUE PARALIZAN LA PRESCRIPCIÓN, EL RECURSO CONTRA LA CALIFICACIÓN COMO DELITO LEVE.
La motivación de este Auto de nuevo cambia el sentido de las resoluciones judiciales en toda España, estableciendo que EL DELITO DE MALTRATO ANIMAL NO PRESCRIBE CUANDO SE HA RECURRIDO SU CALIFICACIÓN, lo cual no ocurría hasta el dictado de esta resolución.
En breve tendremos fecha de juicio ???
Como veis, aunque los temas se hayan olvidado socialmente, APADEVI sigue en la lucha, en este, como en tantos otros casos (Chocolate, Yako, Canela y un largo etc. de casos de los que ya no de habla, pero en los que aún luchamos en los Tribunales)
Por cierto, como lo más importante son los peludos, mientras se tramitaba el procedimiento judicial, por supuesto nos encargamos del bienestar de Rocky, por lo que hace ya tiempo que ESTÁ FELIZ CON UNA FAMILIA MARAVILLOSA, para lo cual incluso tuvimos que presentar denuncia contra SPORTDOG; denuncia por cierto que se archivó y también hemos conseguido en la Audiencia Provincial que se reabra y en la que aún continuamos luchando.
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APADEVI INICIA ACCIONES POR POSIBLES ILÍCITOS EN LAS PERRERAS DE SEVILLA

ENVIADOS ESCRITOS A SEVILLA Y A ALCALÁ DE GUADAIRA CON SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES

Respecto la información que nos habéis transmitido de los presuntos sacrificios e irregularidades en Sportdog y en el Zoosanitario, como veis en las fotos adjuntas, acabamos de enviar escritos a ambos municipios.
De nuevo no sabemos si nos contestarán o, como es habitual, tendremos que llegar a los Juzgados de lo Contencioso Administrativo para obtener la información solicitada.
Como veis, APADEVI siempre en la lucha contra el maltrato animal, ya que llevamos otros muchísimos casos no mediaticos vía penal y vía administrativa, así como la elaboración de reforma de leyes que habéis visto en publicaciones anteriores, luchamos también en miles de municipios por las colonias felinas y tenernos el Santuario-Refugio APADEVI de caballos rescatados de maltrato. Nos gustaría estar en muchos más frentes, pero no podemos llegar a más sin vuestra ayuda.
¿Crees que todo este trabajo por los indefensos vale 1 €?
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INICIADAS ACCIONES POR EL CASO TIMPLE

APADEVI ha iniciado acciones para depurar el resto de posibles responsabilidades en el caso Timple.

Una vez conseguida la información que solicitamos, presentaremos las acciones correspondientes vía penal. Iremos informando de dichas acciones.
Dado lo que está ocurriendo con este caso, es muy difícil conseguir lo que pretendemos, pero se lo debemos a Timple.
Es posible que no consigamos pruebas suficientes contra estos otros responsables, pero tenemos que intentarlo por él.
❤ Lo intentaremos por ti Timple❤

APADEVI ESTÁ CREANDO JURISPRUDENCIA EN FAVOR DE LOS ANIMALES EN TODA ESPAÑA. EN ESTE CASO ES LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO LA QUE NOS LA RAZÓN

De nuevo APADEVI está abriendo camino creando Jurisprudencia menor de las Audiencias Provinciales en temas de maltrato animal.

En este caso, un galgo abandonado encontrado en mal estado.

Lamentablemente estos hechos ocurren con demasiada frecuencia en España, pero si no se denuncian seguirán ocurriendo.

El Juzgado lo calificó como delito leve de abandono y señaló fecha para la vista.

La abogada María Girona alegó en la vista que debía suspenderse ya que estaba pendiente de resolución su recurso en el que solicitaba que los hechos se consideraran delito de maltrato y no delito leve (falta) de abandono y todo ello, como suele ser habitual, con la oposición del Fiscal, a pesar de lo cual nuestra abogada consiguió que se suspendiera.

El juzgado desestimó el recurso y trató de archivar el caso alegando que no había autor conocido, pero APADEVI lo elevó en apelación a la Audiencia Provincial, la cual ahora le da la razón y dispone que hay que tramitarlo como delito de maltrato y no delito leve de abandono.

Es lamentable que sea necesario que un abogado especialista esté luchando contra el sistema, ya que debería ser tramitado de oficio con la acusación del fiscal, en lugar de estar en contra, como suele hacerlo y que los jueces archiven la mayoría de casos de maltrato animal.

No obstante el esfuerzo tiene su recompensa y en esta ocasión es la Audiencia Provincial de Toledo la que dicta un Auto que puede utilizarse en otros casos similares.

Son muchas ya las Audiencias Provinciales de toda España en las que APADEVI está creando Jurisprudencia en favor de los derechos de los animales.

Nos gustaría llegar a más Audiencias y a más casos, pero nuestros medios son escasos, pero SOLO CONDENANDO EL MALTRATO SE PODRÁ COMBATIR LA CRUELDAD SOBRE LOS ANIMALES.

GRACIAS A LAS PERSONAS QUE COLABORAN CON APADEVI GRACIAS A LAS CUALES ESTOS ÉXITOS SON POSIBLES.

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MODELO DE ESCRITO PARA SOLICITAR ACREDITACIÓN DE ALIMENTADOR Y ACUERDOS CON AYUNTAMIENTOS DURANTE EL ESTADO DE ALARMA

La asociación APADEVI aporta el documento-Modelo en PDF para para facilitar su descarga a personas y asociaciones.

Por primera vez el Gobierno obliga a los Ayuntamientos a acreditar a los alimentadores y a llegar a acuerdos con las asociaciones.

Todo aquel Ayuntamiento que se niegue a hacerlo está incurriendo en responsabilidad administrativa e incluso penal por parte de la persona responsable, de delitos de desobediencia y de maltrato y abandono animal.

Presentad este escrito a los Ayuntamientos, y si en un día o dos no tenéis respuesta o ésta es negativa, presentad escrito ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo solicitando medidas cautelares urgentes para que el Ayuntamiento cumpla con lo dispuesto por el Gobierno.

Estos mismos pasos debéis seguir en caso de que los Ayuntamientos no estén alimentando otros animales, como patos, pavos, palomas, etc.

En estos casos solicitad a los Ayuntamientos que alimenten a esos animales y si en un día o dos no tenéis respuesta o ésta es negativa, presentad escrito ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo solicitando medidas cautelares urgentes para que el Ayuntamiento alimente a esos animales. Decidle al Ayuntamiento y en su caso al Juzgado que:

La no alimentación de los animales no solo constituye delitos de abandono y maltrato animal, sino que puede suponer otro gravísimo riesgo para la salud pública si empiezan a morir animales por las calles.

Tenéis el modelo en PDF en este enlace:

MODELO-escrito de Asociaciones para pedir acreditacion, 30-3-20 sin logo

 

 

ABANDONO CONDENADO COMO DELITO CON FINAL FELIZ

SI POR EL ABANDONO EL ANIMAL SUFRE LESIÓN, ES MALTRATO

La abogada María Girona consigue otra condena por maltrato en un caso de abandono.

Como de costumbre no faltaron obstáculos. En un primer lugar no nos permitían personarnos porque alegaba el Juzgado que había pasado el momento procesal de personarnos. La abogada lo recurrió y lo ganó, por lo que pudo personarse.

Posteriormente se tramitó como delito leve de abandono, pero finalmente María  Girona ha conseguido que se condene al responsable como autor de un delito de maltrato animal. 

La condena ya es firme tras haber recurrido el culpable a la Audiencia Provincial y haberlo ganado María de nuevo en esa instancia.

Lamentablemente el Código Penal establece condenas irrisorias para estos delitos y si no concurren agravantes se impone la pena mínima establecida en el art. 337, es decir, 3 meses de prisión.

Por ello la Asociación APADEVI presentó ante todos los Grupos Parlamentarios una Propuesta de Reforma de Leyes Penales relacionadas con animales.

También se le impuso al culpable la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena y la inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales durante un año

La lucha a veces merece la pena a pesar de lo agridulce de la poca condena establecida en nuestra ley penal, pero al menos esta persona tendrá antecedentes penales. 

Desde luego nos opondremos a que la condena sea suspendida y pediremos que cumpla los tres meses de prisión, a pesar de que será muy difícil conseguirlo, dado de nuevo lo establecido en nuestras leyes penales.

Y LO MÁS IMPORTANTE, el final más feliz: EL PERRITO ESTÁ FELIZMENTE ADOPTADO. TODO VALIÓ LA PENA.

Ayúdanos a poder hacer frente a los gastos judiciales. Llevamos cientos de procedimientos y todos sabemos lo costosos que son:

Con tan solo 1 € puedes ayudar a hacer justicia para ellos en:

teaming.net/apadeviasociacion ? lang =es_ES

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CASO ROCKY, ABANDONADO 4 MESES EN UN PISO EN SEVILLA, TAMBIÉN ARCHIVADO. APADEVI RECURRE Y LO ELEVA A LA AUDIENCIA PROVINCIAL

El perro Rocky, abandonado por su propietaria durante más de 4 meses en su piso de Sevilla, y que sobrevivió bebiendo agua del váter, ha sido archivado.

Además del archivo, el asunto fue trasformado a delito leve, lo cual es absolutamente contrario a lo dispuesto en el Código Penal.

Rocky sufrió desnutrición severa, lo cual constituye el delito de maltrato animal y no de delito leve de abandono.

Por ello, APADEVI ha recurrido el archivo y la transformación en delito leve, elevando el recurso a la Audiencia Provincial en Apelación si la propia juez no nos estima el primer recurso de Reforma.

Por esta razón HAY QUE PERSONARSE CON ABOGADO Y PROCURADOR EN LAS DENUNCIAS, ya que NI POLICÍA NI FISCALÍA HAN RECURRIDO EL ARCHIVO NI LA TRANSFORMACIÓN EN LEVE, por lo que de no presentar APADEVI el recurso, el caso Rocky habría sido otro de tantos que muere en el archivo.

Esta es nuestra forma de hacer justicia.

Adjunto cabecera de los escritos

Denuncia rocky

Recurso reforma sub apelacion Rocky